Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCÓN DE LA INSTANCIA en la presente Divorcio incoado por el ciudadano REINALDO ANTONIO SAVEDRA, venezolano, mayor de edad, titular de cedula de identidad Nº 4.498.926; debidamente asistido por el Abogado ANASTASIO DE JESUS ROJAS, inscrito en el inpreabogado en el Inpreabogado bajo el Nº 88.855, en contra de la ciudadana ELENA JOSEFINA VIERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.204.184 y domiciliada en Barcelona, Estado Anzoátegui. Así se decide.