DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: NEGAR EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL al penado SHANDY EFRAIN GARCIA GALINDO, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº 12.401.528, natural de Caracas, donde nació en, fecha 12 de Septiembre de 1974, de 33 años de edad, de profesión u oficio Vigilante, hijo de EFRAÍN GARCÍA Y CLARA GALINDO, residenciado en calle San Carlos casa Nº 22-58, Palotal Frente la Escuela Celestino Ferrer, Barcelona, Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Venezolano vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de los ciudadanos ARGENIS FAVELO MAZA Y LUIS EDUARDO CONDE GUANARE, a cumplir la pena de DIEZ.....