Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo preceptuado en el numeral 6° del artículo 340 ejusdem, NIEGA la Admisión de la demanda de Nulidad de transacción Judicial, intentada por: ROSA MARGARITA TABARES VELASQUEZ, DORILA DEL VALLE TABARES VELASQUEZ, DOMINGO ANTONIO TABARES VELASQUEZ, MORELIA TRINIDAD TABARES VELASQUEZ,NANCY CONCEPCION TABARES VELASQUEZ,JOSÉ EDUARDO TABARES VELASQUEZ,YURAIMA COROMOTO TABARES VELASQUEZ,CARLOS LUIS TABARES VELASQUEZ,FERNANDO ANTONIO TABARES VELASQUEZ y ENEYDA MARIA TABARES DE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: 1.193.771, 3.686.153,.....