Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado RAUL BLONVAL PAOLINI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.341, contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha quince (15) de Junio de 2015, que declaró INADMISIBLE la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por el ciudadano CHRISTIAN JOSÉ LEÓN HENECH, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-17.411.970, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.558, contra la empresa QUINCASA MADERA Y MATERIALES, C.A.