Con fundamento a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de apelación intentado por la parte demandada y en consecuencia se REPONE la causa al estado de que se lleve a cabo la Audiencia Preliminar por ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, que corresponda, en los términos consagrados en el artículo 128 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se decreta la nulidad de las actuaciones realizadas por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, así como la sentencia que fuera profer.....