encuentra el Tribunal que la solicitud de Conversión en Divorcio presentada es procedente y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley la DECLARA CON LUGAR y por consiguiente queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre: MARIELA DEL VALLE SALAZAR BENITEZ y GUSTAVO JOSE CABELLO CABELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.326.203 y 10.294.282, respectivamente. Y así se decide.