Es por todo lo expuesto que este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ante la falta de competencia en razón de la materia declarado por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, es por lo que este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se declara igualmente INCOMPETENTE para conocer del presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINSITRATIVO, por considerar que el Tribunal competente es el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, ya que en lo ventilado no hay intereses, ni garantías que proteger relación a los niños, niñas y adolescentes, sino que se trata de la nulidad de un acto ema.....