Por todas las consideraciones realizadas anteriormente, este Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, niega lo solicitado por el querellante. Y así se decide. Notifíquese. Cúmplase.