Seguidamente el Tribunal oído lo alegado por ambas partes, en el sentido de manifestar que el inmueble objeto de la presente medida, fue entregado a la parte actora anteriormente, libre de personas y de bienes, considerando este Tribunal que se encuentra cumplida efectivamente la Entrega Material del inmueble acordada por el Juzgado Comitente, y visto igualmente el ofrecimiento de pago efectuado por la demandada a la parte actora, el cual fue aceptado en su totalidad en los términos antes expuestos, este Tribunal por no ser contrario a derecho lo acuerda de conformidad, e igualmente acuerda remitir la presente Comisión con sus resultas al Juzgado Comitente. Es todo.-