Por todos los razonamientos antes esgrimidos , este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley RESUELVE no ACEPTAR la SOLICITUD de SOBRESEIMIENTO PROVISONAL interpuesta por la Representante del Ministerio Público en la presente causa a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas y 277 del Código Penal Venezolana y en consecuencia remítase la presenta causa a la Fiscalia superior del Ministerio Público a los fines establecidos en el segundo aparte del articulo 323 del Código Orgánico Procesal Pena.....