Se admite totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Publico, en contra del imputado LUIS ERNESTO TORREALBA por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 01 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana: AMARILIS JOSEFINA SUAREZ, toda vez que cumple con los requisitos exigidos por el Articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. Se admiten totalmente las Pruebas ofertadas por la vindicta pública, en virtud de que las mismas se encuentran relacionadas directamente con el objeto de la investigación, siendo estas necesarias y pertinentes a los fines de demostrar la verdad de los hechos, de conformidad con el articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal., se Acuerda la comunidad de la Prueba, y se acuerda mantener las Medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad acordada por este Tribunal. Una vez Admitida la Acusación en contra del acusado LUIS ERNESTO TORREALBA por la presunta comisión del delito de HUR.....