El Tribunal se dirige nuevamente al imputado: LUIS RAFAEL GUZMAN GARCIA y expone: "NO ADMITO LOS HECHOS". Es todo." TERCERO: Se ordena APERTURAR A JUICIO ORAL Y PUBLICO, la causa seguida al acusado LUIS RAFAEL GUZMAN GARCIA, por la comisión del delito de VIOLACIÓN CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 374 numeral 1° del Código Penal, en concordancia con el articulo 99 ejusdem y 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y de Adolescente, cometido en perjuicio de la Adolescente M. F. (IDENTIDAD OMITIDA). CUARTO: Este Juzgado niega la solicitud de la defensa, en relación al cambio de la medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en virtud de que no han variado las circunstancias de modo, tiempo y lugar. Se mantienen las Medidas de Protección y Seguridad a favor de la victima. Se mantiene en el mismo centro de reclusión. Se acuerda la solicitud de la defensa de remitir al imputado de autos al Hospital Luis Razetti, a los fines de que s.....