Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la ADMISIBILIDAD de la presente querella acusatoria interpuesta en fecha 25-02-2011, por la ciudadana YESSICA DEL VALLE BETANCOURT GIRALDO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad 16.253.631, debidamente asistida por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE SOLORZANO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.449, en contra de la Ciudadana YINETT CONSUELO GUAQUIRIAN, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.235.089, atribuyéndole la presunta comisión de los delitos de INJURIA y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 444 y 175 del Código Penal Venezolano vigente, y conforme a lo previsto en el artículo 409 del Cód.....