NIEGA la admisión de la presente solicitud de lo trascrito se constata que en el caso concreto se aspira la corrección solicitada mediante el trámite sumario que regulaba el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, el cual quedó expresamente derogado por la Disposición Derogatoria TERCERA, de la LEY DE REGISTRO CIVIL, publicada en Gaceta Oficial N° 39.264, del 15 de septiembre de 2009, que reza textualmente:
DISPOSICIONES DEROGATORIAS - TERCERA: "Queda derogado el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil y cualquier otro artículo que colida con la presente Ley."