En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida a través del ciudadano FELIX AMUNDARAIN, asistido de abogado, y a la empresa SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES REYCH, C.A. a través de su apoderado judicial; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Existe evidencia en autos, del pago que conforme acordaron efectuarse las partes, por un monto de CINCO MILLONES DE BOLIVARRES (Bs.5.000.000,oo), mediante copia del cheque 53781207, librado contra el BANCO MERCANTIL, a favor del ciudadano FELIX AMUNDARAIN. Asimismo se acuerda expedir por secretaría dos (02) copias certificadas del escrito transaccional y del auto de homologación recaído; consecuencialmente se ordena el archivo del expediente No. BH13-L-2002-000075
Publíquese, déjese copia certificada y archíves.....