Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por la ciudadana BETTYS AMUNDARAY DE ALVAREZ, en contra del ciudadano DALMIRO JOSE ESPAÑA, ambos identificados en autos. En consecuencia se ordena al demandado de autos, hacerle entrega a la parte actora del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nº 9-A, ubicado en el sector Los Cerezos, Bloque 10-A, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, libre de bienes y personas; asimismo a pagar la cantidad de Quinientos Veinte Bolívares Fuerte (Bs. F 520,00) correspondientes a una indemnización de Doscientos Sesenta Bolívares mensuales (Bs. F 260,00) por el incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento de agosto y septiembre del año 2007.
No hay condena.....