En el día de hoy, treinta (30) de Mayo de 2018, siendo la oportunidad fijada para llevarse a cabo la prolongación de la audiencia preliminar, se constató la comparecencia del Abogado Juan Rafael China, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 77.520, apoderado judicial de los demandantes JOSE GREGORIO RANGEL LUGO Y JESUS ALBERTO RANGEL LUGO venezolanos, mayores de edad titulares de la cedula de identidad Nº 22.022.406 y 22.022.405, respectivamente, según instrumento poder inserto a los autos; igualmente se constata la comparecencia de la Abogada INGRID R. HORMAZABAL G. Inpreabogado bajo el nro. 100.253 apoderada judicial de la parte demandada, JUAN JOSE JARAMILLO HERNANDEZ, según poder también inserto a los autos. Seguidamente la ciudadana jueza le otorga el derecho de palabra a ambas partes, quienes seguidamente intervienen de manera conjunta para manifestar al Tribunal lo siguiente: Es oportuno manifestar a este Tribunal, que una vez revisada el escrito libelar, asi como los argum.....