´declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada sociedad mercantil SUPERMERCADOS UNCIASA C.A. SEGUNDO: SE ANULA el acta de instalación de la audiencia preliminar de fecha 03 de abril del 2024 y todas las actuaciones a partir del acta irrita y, TERCERO: SE REPONE la causa al estado que proceda el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo una vez recibido el presente expediente fije el lapso correspondiente para la instalación de la audiencia preliminar previo otorgamiento del termino de distancia referido, vale decir, cuatro días continuos sin necesidad de notificar a las partes por encontrarse estas a derecho. Asimismo, se ordena una vez firme la presente decisión remitir copia certificada de la misma al Tribunal Decimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo a los fines pertinentes.´