Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor de la adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hija biológica de los ciudadanos MAGDA YAMILETH FARIAS RODRIGUEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.489.689 y EDUARDO JOSE VELASQUEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.171.167, interpuesta por la ciudadana: ISABEL CRISTINA RODRIGUEZ YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.688.874, domiciliada en la calle Luis Carlos Achique, sec.....