Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por el abogado PABLO E. CHACIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.004, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA MARIA COMPADRE MESA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.189.846, de este domicilio, en contra de la ciudadana VERONICA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.393.223, de este domicilio.