este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la PERENCION DE LA INSTANCIA Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, en la presente causa que por DAÑO MORAL, incoara el Abogado ALFREDO LA CRUZ RIVAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 109.942, actuando en su carácter de Defensor Público Agrario, actuando en nombre y representación del ciudadano MANUEL RAFAEL LA ROSA SOTILLO, contra el ciudadano ROBERTO CARLOS SISO TIAPA, y así se declara.