"...En consecuencia, este Tribunal considera suficientes los recaudos presentados, adminiculados a los testigos evacuados y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD de las bienhechurias antes descritas, suficiente a favor de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA SAL BAHIA C.A., persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial Distrito Federal y del Estado Miranda en fecha 06 de Febrero de 1970, bajo el Nº 09, Tomo 22-A, se evidencia el poder otorgado por el Presidente de la mencionada empresa ciudadano MIGUEL TSOUKATOS NICOLAU, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.145.412, a través de su Apoderada Judicial ADAMARIA GUERRERO RODRÍGUEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 109.025, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando en todo caso a salv.....