DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: CONDENA al acusado: WILMER VASQUEZ FIGUERA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (4) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 277 del Código Penal y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia respectivamente, cometido en perjuicio de YUSMELIS DEL CARMEN SUAREZ Y LA COLECTIVIDAD.
La pena será cumplida en el Internado Judicial "José Antonio Anzoátegui" de la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui. Asimismo, este Tribunal condena en costas al acusado, de conformidad al artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal, de acuerdo al artículo 367 de nuestro Código Adjetivo Penal.
Por otra parte, se DECRETA EL SOBRESEIM.....