DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, propuesta por los ciudadanos DARIANA DEL VALLE SALAZAR BARRIOS y ALEJANDRO JOSE DURAN BASTARDO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en la ciudad de San Mateo, Municipio Libertad del Estado Anzoátegui y titulares de las cédulas de Identidad N°V-24.831.958 y V-20.636.353 respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio JESUS CELESTINO MORALES HERNANDEZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº118.897, disolviéndose por consiguiente el Vínculo Matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído en fecha treinta y uno (31) de julio del Do.....