este Tribunal de Control N° 1 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el petitorio del ciudadano OMAR FRANCO, en su condición de representante legal de su hijo IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en los autos, a quien autoriza suficientemente a trasladarse a la Ciudad de Caracas, a realizar gestiones relacionadas con educación y salud debiendo a su regreso, consignar en el Tribunal las resultas de dichas gestiones : Notifíquese a las partes de lo aquí decidido. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 1 SECCIÓN DE ADOLESCENTE
DRA. LIBIA ROSAS MORENO
LA SECRETARIA
ABOG. ONEIMAR ROJAS
LRM/mer.