En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Nulidad interpuesto por el Abogado Asdrúbal Maestre Orea, en su carácter de Procurador General del Estado Sucre, contra la Providencia Administrativa N° 100-03 de fecha 21 de octubre de 2003 emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Sucre.