Se dictó sentencia inetrlocutoria en la cual se admiten las pruebas promovidas por la representación fiscal en el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano RAMÓN CAMILO FIGUERA M, actuando en su condición de Propietario del Fondo de Comercio "LICORERÍA CUMANAGOTO", contra la Resolución N° GJT-DRA-J-A-2005-157 de fecha 31-01-2005, la cual declara Sin Lugar el Recurso Jerárquico interpuesto por la contribuyente "LICORERÍA CUMANAGOTO", y confirma el Acto Administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Multa N° RNO-DF/99-018, y Planilla de Liquidación N° 01 99 01 2 47 126, de fecha 07/07/99, por la cantidad de BOLÍVARES NOVECIENTOS SESENTA MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 960.000,00), por concepto de Multa, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas.