Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por las ciudadanas antes mencionadas, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a la Ciudadana: ANA ROSA FIGUEREDO DE MENDEZ respectivamente, su condición de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de quien en vida se llamara YNES AYOLEIDI HERRERA FIGUEREDO..."