En razón de lo anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Homologa la Transacción en los mismos términos y condiciones expuestos en el escrito, conforme a los artículo 255 y 256 ambos del Código de Procedimiento Civil.-