este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los causantes MARÍA DE JESÚS SOSA de SOSA y HECTOR SOSA, a los ciudadanos JOSÉ ANTONIO SOSA SOSA, DOMINGO ANTONIO SOSA SOSA, VIRMA TRINIDAD SOSA SOSA, ZONIA JOSEFINA SOSA SOSA, MARISOL COROMOTO SOSA SOSA, DAMELIS EMILIA SOSA de BRITO, MARLIN JOSEFINA SOSA SOSA y HECTOR RAFAEL SOSA SOSA, anteriormente identificados, en su condición de hijos de los de cujus, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, devuélvase original a la parte solicitante, déjese nota e.....