este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida por la ciudadana MILAGROS DEL VALLE MARTINEZ AREVALO, y la empresa SERVICIOS AGROINDUSTRIALES PARIAGUAN, C.A. (SAIPCA)., a través de su coapoderada judicial; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse, se evidencia en atención a lo ordenado por este Tribunal por auto de fecha 25 de marzo de 2008, copia de cheque de gerencia consignado en fecha 27 de marzo de 2008, mediante diligencia por las representaciones judiciales de las partes, signado bajo el No.94012412, girado contra el Banco MERCANTIL, Agencia Pariaguán en fecha 14-03-2008, por un monto de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BsF.3.750,oo) a favor de la ciudadana MILAGROS MARTINEZ, c.....