Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de Juicio actuando como Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al joven IDENTIDAD OMITIDA, Natural de El Tigre, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01-11-1987, titular de la cédula de identidad N° 17.870.979, hijo de los ciudadanos ARLIN VELASQUEZ Y ARGELIA SANCHEZ, residenciado en Sector Las América, Calle Páez, Casa N° 10, El Tigre, Estado Anzoátegui, TELEFONO: 0412-0841291, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el Artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 602 literal b) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, siendo la presente sentencia absolutoria por no haber pruebas de la existencia del hecho .Se orde.....