Por los fundamentos expuestos este Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la presente DEMANDA MERCANTIL por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimatoria), incoada por la Sociedad Mercantil MULTISERVICIOS VICTORIA, C.A., R.I.F. No. J-31263773-0, inscrita por ante la oficina de Registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 17/01/2005 quedando anotada bajo el No. 37, Tomo A-1, domiciliada en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, a través de su Apoderado Judicial ciudadano JOSÉ LUISANGEL CAMPOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad No. V-8.470.597, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el No. 60.924; sociedad Mercantil PRIDE INTERNATIONAL, C.A., hoy dí.....