DECISION
Por los motivos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR , la cuestión previa contenida en el ordinal primero 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte co- demandada C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, a través de su apoderado judicial , Dr. Karim Emilio Mora Morales, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 5. 721. 731, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 43. 704, en relación a la incompetencia del juez para conocer de la demanda por DAÑOS PERJUICIOS, derivados de accidente de tránsito, interpuesta por el ciudadano LUIS ENRIQUE CALDERON YASELLI, venezolano, mayor de edad, tit.....