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DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185 del Código Civil en concordancia con el criterio de la Sentencia Nº 446 de fecha 02 de Junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos: JOGLA ALEJANDRO BALOA MURZI y MARILU DE LOS ANGELES RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.688.220 y V-17.740.895, respectivamente, asistidos por las abogados JOHANA MARCANO RIOS y MARINA CASTILLO ABAD, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 81.156 .....