Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, declara:
Primero: Se REVOCA y queda sin efecto el auto de fecha 12 de mayo de 2009, por medio del cual se fijó oportunidad para realizar la audiencia oral y pública.