En vista de los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este tribunal considera la procedencia de la medida cautelar innominada solicitada, en consecuencia se ACUERDA la Medida Cautelar Innominada solicitada y se ORDENA a la Asociación Civil Comunidad de Propietarios De la Primera Etapa de la Ciudad Residencial Terranova, Conjunto Residencial Aranpatepuy: Permitirle a los representantes legales de la empresa INVERSIONES XARANDU, C.A., así como a sus trabajadores y proveedores, el acceso a la Urbanización Conjunto Residencial Aranpatepuy, sin ningún tipo de restricciones con el único propósito de culminar la construcción de viviendas pendientes mediante la ejecución de los trabajos que fueren necesarios, así como para culminar la totalidad de las edificaciones que conforman la primera etapa del proyecto Ciudad Residencial Terranova Conjunto residencial Aranpatepuy, mientras dure el presente proceso de amparo.- A los fines de la práctica de la anterior medida cautelar innominad.....