Este Tribunal Superior de lo Civil, Mercantil, Transito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio JOSEFINA MILLAN MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.183, actuando en su carácter de co-apoderada judicial de la Sucesión Veroes, parte actora, en la QUERELLA INTERDICTAL, incoada contra la ciudadana AURA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.050.403 y otros, contra decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, de fecha 08 de Diciembre de 2.000.-