PRIMERO: Se declara sin lugar la nulidad solicitada por la Defensa, en virtud que cualquier violación realizada en la aprehensión de los imputados, cesa al momento de ser presentados ante el Tribunal, ya que ha sido Jurisprudencia reitera de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, sentencia No. 506, Así mismo este es un procedimiento que se esta iniciando y es el Ministerio Público quien giro las ordenes pertinentes del caso e inicio de la investigación y quien es el encargado de hacer las investigaciones correspondientes, por lo tanto se declara sin lugar la solicitud de Nulidad. Segundo: La Inspección técnica es una de las actuaciones requeridas para el inicio de la investigación, ya que en ella se deja plasmado el estado actual donde sucedieron los hechos. SEGUNDO: Se Acuerda proseguir la presente investigación por el procedimiento ordinario.,
TERCERO: Se admite la calificación Jurídica de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos .....