El Tribunal declara EMBARGADA EJECUTIVAMENTE LA PARCELA ANTERIORMENTE IDENTIFICADA y hace entrega de la misma al la Depositaría Judicial Anzoátegui, en la persona de su representante Legal, Jean Carlos Lanz. Seguidamente interviene el ejecutante y Expone:" Informo al tribunal que los gastos por Vigilancia de la referida parcela corren por mi parte y asimismo me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demanda por cuanto el precio del bien embargado no cubre la totalidad de la deuda. De la misma manera solicito al tribunal que oficie lo conducente a la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Simón Rodríguez, de esta misma Jurisdicción, a los fines de estampar la referida nota marginal. Seguidamente el tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado.