Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra de la imputada ANGIE DEL VALLE VELASQUEZ, Venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° 14.189.412, nacido en fecha 02-10-79, de 27 años de edad, de estado civil soltera, hija de LUIS JOSE LICCIEN (v) y AMINTA MARIA VELASQUEZ (f), residenciada en el Sector Nº 01, Brisas del Mar, Casa Nº 13, teléfono 0414-0870064, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES DEL TIPO LEGAL BASICO y ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los Artículos 413 y 458 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana SARA GABRIELA MALAVE VILLAMIZAR, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinales 3,4 y 8 del Código Orgánico .....