Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley EJECUTA LA SENTENCIA DEFINITIVA ABSOLUTORIA, dictada en fecha 05-02-07 por el Juzgado de Juicio Nro. 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano WILFREDO RAFAEL MOTA COA, Venezolano, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 27 de Enero de 1982, de 25 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Pintor, titular de la cédula de identidad Nº V-17.733.042, hijo de los ciudadanos José Mota (v) y Antonia Coa (v), domiciliado en la Calle Pinto Salinas, Casa Nº 22, Sector Cuevas de Guanire, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES GENERICAS, PORTE ILICITO DE ARMA y RESISTENCIA.....