IV
D E C I S I O N
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la presente Acción por INTERDICTO PERTURBATORIO hubiere incoado los ciudadanos HECTOR ANTONIO CHIQUIN TOVAR Y JOSE GILBERTO CHIQUIN TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 2.154.780 y 5.315.304, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JUAN ANGEL CORDOVA GUEVARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.574, en contra de los ciudadanos YAMILETH ALBORNOZ, YARERBYS ALBORNOZ, SUSANA GONZALEZ, YEFERSON MORILLO, MAURI JAIME Y OTROS, Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunsc.....