declara CON LUGAR; y en consecuencia, SE HOMOLOGA la PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL celebrada entre los Solicitantes, Ciudadanos: LUIS MARTINEZ PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.572.451, RIF: V16572451-4, domiciliado en el Sector Valle Guarapiche, Parroquia Boquerón, Municipio Maturín del Estado Monagas, y la ciudadana: MATILDE PALOMINO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.836.715, RIF: V15836725-3, domiciliada en la Calle Nueva Esparta con Avenida Ruiz Pineda, Casa N° 50, Sector La Charneca, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la ciudadana Abogada MIRIAN AGUIRRE ARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.528, en los términos antes narrados, dándole el correspondiente carácter de Cosa Juzgada.