Vista la diligencia inserta al folio quince (15) del presente expediente, suscrita por la ciudadana ERIKA NORGA SALAZAR AMATIMA, plenamente identificada en autos, actuando en su carácter de madre y representante legal de su hijoXXXXXXX, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ERNESTO MEJIAS GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.157, y el contenido de la misma, y vista igualmente la OPINION FAVORABLE de la Dra. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, en su condición de Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui, inserta al folio Treinta y uno (31); en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, FIJA COMO MESADA ALIMENTICIA, para el niño, la suma de QUINIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.500.000,oo), mensuales la cual será retirada por la ciudadana ERIKA NORGA SALAZAR AMATIMA, quien es la representante legal del antes mencionado niño, de la cuenta de ahorros signada con el N° 0007-0088-68-.....