En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, con ocasión de la demanda por COBRO DE BOLÍVARES , por el procedimiento intimatorio, incoada por los abogados Iván Borges España y Jesús Cermeño, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.184 y 1098.077, respectivamente, actuando en sus condiciones de endosatarios en procuración de una letra de cambio del ciudadano MIGUEL ANTONIO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.224.940, contra el ciudadano EDUARDO CARABALLO SALAZAR, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-6.905.359, con fundamento en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con el.....