En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda : Modificar la periodicidad del régimen de presentaciones impuestas en fecha 27-12-2007 al imputado DARWIN LEONETH ARRIOJA CHACON, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 14/12/1988, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.052.425, de estado civil soltero, oficio obrero, hijo de WILLANO ARRIOJAS (V) y DIANA CHACON (V), residenciado en la Calle Unión, casa Nº 27, las Delicias, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, quien es titular de la cedula de identidad Nro. 13.165.092 extendiéndola a cada cuarenta y cinco (45) días, de conformidad con lo establecido en el articulo 26 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Oficio a la Unidad de Alguacilazgo participando lo conducente. Notifíquese.