Se dicto sentencia (auto) mediante el cual se expidió Titulo Supletorio a favor del ciudadano PEDRO CELESTINO PARABABIRE HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.203.797, sobre un lote de terreno denominado "LA RINCONADA", ubicado en el Sector Guamachito, Parroquia Guanape, Municipio Manuel Ezequiel Bruzual del Estado Anzoátegui, con una superficie de DIECISIETE HECTAREAS CON UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (17 has 1674m2)