Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por la ciudadana NELLY RAQUEL GRATERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.977.059 y de este domicilio, asistido por la Abogado en Ejercicio MANUEL JOSE VARGAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de a cedula de Identidad Nº 7.301.194, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.905, procediendo en este acto. En consecuencia, se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento Nº 489, de los Libros de Registro Civil de Nacimiento, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia San Agustín del Estado Anzoátegui, correspondiente al año 1.953,en.....