Sobre la base de las consideraciones que anteceden, este Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar la demanda que por Simulación, hubiere incoado la Empresa "UNIDAD EDUCATIVA MARIA MONTESORI, C.A." (U.E. MARIA MONTESORI, C.A.), original y primitivamente denominada CENTRO EDUCATIVO MARIA MONTESORI, C.A., empresa mercantil domiciliada en la ciudad de Puerto La Cruz, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 07 de septiembre de 1994 , bajo el número 34, Tomo A-62, y cuyo cambio de denominación consta según acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas celebrada en fecha 27 se septiembre de 1994 y fue inscrita en el precitado registro mercantil bajo el número 13, Tomo A-55, en fecha 04 de julio de 1995, .....